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Artículo UNICO de la Ley 1.794 · Autoriza el pago de una suma de dinero a don lorenzo miranda avila.

Autoriza el pago de una suma de dinero a don lorenzo miranda avila.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22920 / 8274698.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para pagar a don Lorenzo Miranda Avila, ex-subdelegado de Caracoles, el sueldo correspondiente a dicho empleo que dejó de percibir desde el 1.° de Febrero de 1892 hasta el 25 de Enero de 1893, por no haberse consultado fondos en los presupuestos respectivos.