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Artículo UNICO de la Ley 1.798 · Fija en paris la residencia del consulado jeneral de la república

Fija en paris la residencia del consulado jeneral de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22924 / 5951221.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- El Consulado Jeneral de la República en Francia tendrá su residencia en París.