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Artículo UNICO de la Ley 16.815 · Concede pension, por gracia, a doña amelia arias san martin

Concede pension, por gracia, a doña amelia arias san martin

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 229309 / 6493063.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Amelia Arias San Martín, una pensión mensual de cien escudos (Eº 100). El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.