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Artículo UNICO de la Ley 16.829 · Concede pension, por gracia, a doña hortensia cavada lawrys viuda de marin

Concede pension, por gracia, a doña hortensia cavada lawrys viuda de marin

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 229318 / 6493087.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Hortensia Cavada Lawrys viuda de Marín, una pensión de cien escudos mensuales (Eº 100), sin perjuicio de la de montepío de que disfruta. El mayor gasto de esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.