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Artículo UNICO de la Ley 1.836

Fija fecha en que comenzaran a elegir las modificaciones introducidas a la lei de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22948 / 8274776.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Las modificaciones a la Lei de Elecciones a que se refiere la lei número 1806, de fecha del 7 del corriente mes. comenzarán a rejir desde su publicacion en el Diario Oficial.