Texto oficial
ART. 2.° La presente lei comenzará a rejir desde su publicacion en el Diario Oficial.
Espresa que los cuadernos para firmas i formularios;para actas i sobres que deben entregar los presidentes i;vice-presidentes no llevarán impresos los números de la;subdelegacion i de la seccion.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22954 / 8274787.