Texto oficial
Artículo noveno.- Tratándose de los postulantes en
los concursos para los cargos vacantes del Escalafón
Secundario y de Empleados del Poder Judicial, la
Corporación Administrativa del Poder Judicial procederá a
efectuar las pruebas de selección de personal que, según
las políticas definidas por el Consejo, corresponda
aplicar.