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Artículo UNICO de la Ley 16.843

Concede, por gracia, a doña marie madeleine canioni viuda de bravo, el derecho a optar a la pension de montepio que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 229575 / 6494123.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Marie Madeleine Canioni Canioni, viuda del General de División (R) y ex Senador de la República don Enrique Bravo Ortiz, el derecho a optar, por una sola vez a que su pensión de montepío se liquide y pague por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional en su calidad de viuda, de un General de División, o a continuar con el que disfruta como viuda de un Senador de la República.