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Artículo UNICO de la Ley 1.905 · Lei num. 1,905, que autoriza pago de forraje para las policias

Lei num. 1,905, que autoriza pago de forraje para las policias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22997 / 8274827.

Texto oficial

Artículo único . Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de doscientos ochenta mil cuatrocientos setenta i cuatro pesos treinta i nueve centavos ($ 280,474.39) en el pago de forraje para el ganado de las policías fiscales. Se le autoriza, asimismo, para invertir hasta la suma de quince mil pesos ($ 15,000) en el pago de viáticos del personal de las policías, fletes i embalajes de artículos para el servicio de las mismas.