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Artículo UNICO de la Ley 1.968

Lei núm. 1,968 que autoriza al presidente de la;república para permutar una casa con la municipalidad de;chillan

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23039 · idParte: 8274876

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para permutar con la Municipalidad de Chillan la casa que actualmente ocupa la Intendencia con el predio que posee dicha corporacion en la Plaza de Armas de esa ciudad, con el objeto de construir en el solar indicado la Casa Consistorial de la provincia.