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Artículo UNICO de la Ley 16.540 · Concede a don maximiliano serdio cordero amnistia por los casi delitos que señala

Concede a don maximiliano serdio cordero amnistia por los casi delitos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 230536 / 6497800.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, para todos los efectos legales, al señor Maximiliano Serdio Cordero, amnistía por los cuasi delitos sancionados por sentencia del Cuarto Juzgado del Crimen de Mayor Cuantía de Santiago, de fecha 27 de junio de 1956, dictada en el proceso N.o 55.993.