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Artículo UNICO de la Ley 16.410 · Concede pension, por gracia, a doña ernestina y a doña blanca wright cataldo

Concede pension, por gracia, a doña ernestina y a doña blanca wright cataldo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 230722 / 6498606.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Ernestina y a doña Blanca Wright Cataldo, una pensión de setenta y cinco escudos mensuales a cada una, de la que disfrutarán con derecho de acrecer entre ellas. El gasto que demande la aplicación de esta ley, se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.