Texto oficial
Artículo 10.o- La Municipalidad de Coronel deberá publicar en la primera quincena del mes de Enero de cada año, en un diario o periódico de la localidad o de la cabecera de la provincia, si allí no lo hubiere, un estado del servicio del empréstito y las inversiones proyectadas de acuerdo con el plan contemplado en el artículo 3.o de la presente ley."