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Artículo UNICO de la Ley 2.037

Lei núm. 2.037 que declara vijente lalei que libera de derechos de internacion la dinamita, desde el dia de su promulgacion en el diario oficial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23085 / 7165480.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Se declara que la lei núm. 1,466, de 27 de julio de 1901, que libera de derechos de internacion la dinamita, debe considerarse vijente en todo el pais desde el dia de su promulgacion en el Diario Oficial.