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Artículo UNICO de la Ley 2.048

Lei num. 2,048 que autoriza la inversion de $ 79,841.94 en pagar obligaciones contraidas por el ministerio de instruccion publica, correspondientes a la seccion secundaria. superior i especial.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23091 · idParte: 5952668

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de setenta i nueve mil ochocientos cuarenta i un pesos noventa i cuatro centavos en el pago de las obligaciones contraidas por el Ministerio de Instrucci�n Pública, correspondiente a la Seccion Secundaria, Superior i Especial.