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Artículo PRIMERO de la Ley 2.063 · Lei núm. 2,063 que autoriza la emision de vales de tesorería

Lei núm. 2,063 que autoriza la emision de vales de tesorería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23100 / 7165517.

Texto oficial

ARTICULO PRIMERO. Se autoriza al Presidente de la República, por el término de un año, para emitir Vales de Tesorería al portador, a un año plazo, sin interes, de los tipos de cinco mil, i de quinientos pesos, con los cuales se podrá solucionar toda clase de obligaciones en moneda corriente.