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Artículo UNICO de la Ley 2.064

Lei num. 2,064, que autoriza al presidente de la república para tomar a prestamo 500,000 libras esterlinas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23101 / 5952703.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República, por el término de seis meses, para tomar a préstamo hasta la cantidad de quinientas mil libras esterlinas, por plazo que no exceda de un año.