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Artículo PRIMERO de la Ley 2.088

Lei num. 2,088, que crea un nuevo juzgado de letras en lo civil y otro en lo criminal para el departamento de valparaiso.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23116 · idParte: 5952769

Texto oficial

ARTICULO PRIMERO. Créase un nuevo Juzgado de Letras en lo Civil para el departamento de Valparaiso. Este Juzgado tendrá un Secretario i los demas empleados necesarios para su servicio.