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Artículo UNICO de la Ley 2.089

Lei núm. 2,089, que incluye a caldera entre los puertos por los cuales puede importarse i esportarse alcoholes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23117 / 7165535.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Inclúyese a Caldera entre los puertos por los cuales, segun el artículo 118 de la lei núm. 1,515 de 18 de Enero de 1902, puede importarse i esportarse alcoholes, licores espirituosos i vinos de todas clases.