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Artículo UNICO de la Ley 2.124

Lei num. 2,124, que autoriza a la municipalidad de santiago para que conceda al cuerpo de bomberos el uso i goce de una propiedad durante 25 años.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23137 / 8275017.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Autorízase a la Municipalidad de Santiago para que conceda al Cuerpo de Bomberos de la misma ciudad, por el término de vienticinco años, el uso i goce del terreno de su propiedad situado en la calle de Inés de Aguilera, números 1164 a 1194 inclusive. El Cuerpo de Bomberos podrá hipotecar dicho terreno, i en tal caso destinará preferentemente el producido al servicio de la deuda i a nuevas construcciones o mejoras en la propiedad hipotecada; i si hubiera saldo, al sostenimiento de la institucion. Las mejoras quedarán a beneficio de la Municipalidad. Las escrituras hipotecarias serán suscritas por el Superintendente del Cuerpo de Bomberos, prévio acuerdo del Directorio.