Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 16.479 · Concede pension, por gracia, a don roberto enrique cuadra alquinta

Concede pension, por gracia, a don roberto enrique cuadra alquinta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 231394 / 6501058.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Roberto Enrique Cuadra Alquinta una pensión de Eº 70,- mensuales. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda. Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S.E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54º de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.