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Artículo UNICO de la Ley 2.142 · Lei num. 2,142, que concede un terreno fiscal para ensanchar el cementerio de talagante.

Lei num. 2,142, que concede un terreno fiscal para ensanchar el cementerio de talagante.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23147 / 8275030.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Se concede a la parroquia de Talagante, para destinarlo a las necesidades del Cementerio Parroquial, la propiedad del sitio fiscal anexo a dicho Cementerio i que deslinda: al norte, con el Cementerio; al sur, con terreno de la Parroquia; al este, con la calle pública; i al oeste, con el canal de los Cáceres.