Texto oficial
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Berta Avendaño Rivera, una pensión de cien escudos mensuales.
El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Concede pension, por gracia, a doña berta avendaño rivera
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