Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 2.146 · Lei num. 2,146, que concede un suplemento al presupuesto de guerra

Lei num. 2,146, que concede un suplemento al presupuesto de guerra

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23151 · idParte: 5952883

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Concédese un suplemento de veintiocho mil pesos al ítem 141 de la partida 6.a del Presupuesto vijente de Guerra destinado a la compra de materiales, aseo de armamento, pago de jornales i gastos jenerales de la Direccion de Material de Guerra.