Texto oficial
ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República para invertir la suma de cien mil pesos ($ 100,000) en la prosecucion de los trabajos del nuevo hospital de la ciudad de Antofagasta.
Lei núm. 2.161, que autoriza la inversión de $ 100.000 en la prosecución de los trabajos del nuevo hospital de antofagasta
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