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Artículo 11 del Decreto 187

Aprueba reglamento del fondo de fomento de la musica nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 231661 / 7315699.

Texto oficial

Artículo 11º.- Carácter, requisitos y normas de los concursos. Los concursos para seleccionar proyectos del Fondo serán de carácter público y se regirán en su formalidad y procedimientos por bases que serán comunicadas previamente a los postulantes y bajo las cuales se asignarán los recursos, todo ello de acuerdo con los criterios y características aprobados por el Consejo. En las bases se fijarán las áreas de postulación dentro de las líneas del fondo, las condiciones, plazos de postulación y requisitos de la misma; se establecerán los formularios obligatorios para los proyectos y presentaciones; se señalarán los criterios de evaluación que en cada caso se emplearán, en la selección y ponderación que habrá de darse a éstos; se indicarán los montos estimados de recursos concursables por líneas de proyectos, los tipos de postulantes y los límites máximos de financiamiento; las garantías para asegurar el adecuado desarrollo de los proyectos, y en general, todas las materias necesarias para llevar a cabo los concursos y seleccionar proyectos y postulaciones acordes a los objetivos del Fondo y sus líneas de financiamiento, así como todas las demás materias que este reglamento establece como parte de las bases de los concursos. Las bases serán aprobadas por resolución del Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.