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Artículo UNICO de la Ley 2.186

Lei num. 2,186, que concede el derecho de percibir el 75% de su sueldo de 12,000 pesos al año al ministro jubilado de la corte de apelaciones de concepcion don juan nepomuceno parga

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23179 / 5952971.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Se declara que el Ministro jubilado de la Corte de Apelaciones de Concepcion, don Juan Nepomuceno Parga, tiene el derecho de percibir el setenta i cinco por ciento del sueldo de doce mil pesos anuales que corresponde al empleo que ha servido, en conformidad a lo dispuesto en la lei núm. 2,100, de 21 de Febrero de 1908.