Texto oficial
Art. 5.° El permiso de que habla el artículo 1.° se espedirá siempre que los propietarios se allanen a aceptar la línea que se les señale en conformidad a la presenta lei.
Ley num. 2,196, sobre rectificacion de las calles de talca.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23188 / 9684623.