Texto oficial
ARTICULO UNICO. Habilítase como puerto mayor terrestre, dependiente de la Aduana de Valdivia, el puerto menor de Huahum.
Lei num. 2,211, que habilita como puerto mayo terrestre el puerto menor de huahum, dependiente de la aduana de valdivia.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23200 / 5953053.