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Artículo UNICO de la Ley 16.580

Autoriza a la corporacion de la vivienda para entregar a titulo gratuito los sitios de la villa de tijeral de angol

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232057 / 6503433.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase a la Corporación de la Vivienda para transferir, a título gratuito, los sitios que ocupan los pobladores de la Villa de Tijeral, ubicada en la comuna de Angol, provincia de Malleco, y cuya expropiación se realizó en 1961.