Texto oficial
Artículo único.- Otórgase, por gracia, una pensión de trescientos escudos a don Calos Araya Castellanos.
El mayor gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Concede pension, por gracia, a don carlos araya castellanos
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