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Artículo UNICO de la Ley 16.758 · Concede pension, por gracia, a don carlos araya castellanos

Concede pension, por gracia, a don carlos araya castellanos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232093 / 6503538.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, una pensión de trescientos escudos a don Calos Araya Castellanos. El mayor gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.