Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 16.738 · Concede pension, por gracia, a doña maria antonia araya adasme

Concede pension, por gracia, a doña maria antonia araya adasme

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 232221 · idParte: 6504002

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña María Antonia Araya Adasme, una pensión ascendente a Eº 70 mensuales. El mayor gasto que importe la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.