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Artículo UNICO de la Ley 16.314 · Concede pension, por gracia, a doña olivia delano viuda de tondreau

Concede pension, por gracia, a doña olivia delano viuda de tondreau

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232315 / 6504361.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Olivia Délano viuda de Tondreau, una pensión ascendente a la suma de Eº 70 mensuales. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.