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Artículo UNICO de la Ley 16.357 · Concede pension, por gracia, a doña laura moyano jorquera

Concede pension, por gracia, a doña laura moyano jorquera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232367 / 6504594.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Laura Moyano Jorquera, viudal de ex-Contador de la Cámara de Diputados, don Estanislao Calderón Laureda, una pensión de doscientos escudos mensuales, de la que disfrutará sin perjuicio del montepío que actualmente percibe. El gasto que demande esta ley, se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.