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Artículo UNICO de la Ley 2.273

Lei num. 2,273, que declara de utilidad publica los terrenos necesarios para la regularizacion de la ciudad de villa alegre.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23237 / 8275160.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Decláranse de utilidad pública los terrenos necesarios para la regularizacion de la planta de poblacion de Villa Alegre, del departamento de Loncomilla, así como para la prolongacion de sus calles hasta los caminos de circunvalación, todo en conformidad al plano levantado por la Inspección Jeneral de Jeografia i Minas de la Dirección de Obras Públicas. Las espropiaciones correspondientes se harán con arreglo a la lei de 18 de Junio de 1857.