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Artículo UNICO de la Ley 16.390 · Concede pension, por gracia, a doña aurelia laura vargas rojas

Concede pension, por gracia, a doña aurelia laura vargas rojas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232401 / 6504696.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Aurelia Laura Vargas Rojas una pensión mensual de veinticinco escudos (Eº 25), de la que disfrutaría sin perjuicio del montepío que actualmente percibe. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.