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Artículo UNICO de la Ley 2.283

Lei num. 2,283, que declara de utilidad publica una estension de terreno en punta arenas de ancud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23241 / 5953199.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Decláranse de utilidad pública, hasta veinticinco hectáreas de terrenos en el lugar denominado Punta Arenas de Ancud, donde actualmente se encuentran instaladas carboneras de la Armada i hasta abarcar la hoya donde tiene oríjen el arroyo que atraviesa el terreno indicado. La espropiacion se hará con arreglo a la lei de 18 de junio de 1857.