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Artículo 10 de la Ley 2.297 · Lei num. 2,297, sobre reconstruccion de la ciudad de valdivia.

Lei num. 2,297, sobre reconstruccion de la ciudad de valdivia.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23245 / 9294384.

Texto oficial

Art. 10. La autoridad municipal podrá autorizar la construcción de obras voladizas desde cuatro metros de altura i que se prolonguen hasta un metro fuera del plano vertical del lindero. Estas construcciones serán de metal con una techumbre de material incombustible i mal conductor del calor, que en ningún caso podrá servir de balcon.