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Artículo UNICO de la Ley 2.337

Autoriza la ereccion de un monumento en la plaza de;rancagua al jeneral don bernardo o'higgins i concede;fondos con este objeto i para la transformacion de la;plaza.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23261 / 8275198.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de sesenta mil pesos ($ 60.000) en la ereccion de un monumento a O'Higgins en la Plaza de Rancagua i en la transformacion de la misma.