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Artículo UNICO de la Ley 16.202 · Concede pension, por gracia, a don juan de la cruz gregorio escobar martinez

Concede pension, por gracia, a don juan de la cruz gregorio escobar martinez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232819 / 6506192.

Texto oficial

Artículo único.- Concédase, por gracia, a don Juan de la Cruz Gregorio Escobar Martínez, una pensión de Eº 50 mensuales. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.