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Artículo UNICO de la Ley 16.206 · Concede pension, por gracia, a don marcos neira leiva

Concede pension, por gracia, a don marcos neira leiva

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232823 / 6506204.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Marcos Neira Leiva, una pensión de setenta y cinco escudos mensuales. El gasto que demande el cumplimiento de esta ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.