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Artículo UNICO de la Ley 16.222 · Concede pension, por gracia, a doña ana sepulveda acuña

Concede pension, por gracia, a doña ana sepulveda acuña

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232832 / 6506231.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Ana Sepúlveda Acuña, una pensión mensual ascendente a setenta escudos. El mayor gasto que represente esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.