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Artículo UNICO de la Ley 2.404

Permite la entrada al pais de tropas estranjeras;para que tomen parte en las fiestas del centenario de la;independencia nacional.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23288 / 5953363.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Permítese, por un período de treinta dias, la introduccion, en el territorio de la República, de las fuerzas de mar i tierra estranjeras que vengan a tomar parte en las fiestas del Centenario de la Independencia Nacional.