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Artículo UNICO de la Ley 16.246

Concede pension, por gracia, a doña ema irene alvarez viuda de becerra y a sus hijos menores ema natalia de lourdes, armando rodrigo, ernestina eufemia irene y sergio armando gabriel becerra alvarez

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 232887 · idParte: 6506392

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Ema Irene Alvarez viuda de Becerra, una pensión de Eº 100 mensuales y, asimismo, concédese a sus hijos menores Ema Natalia de Lourdes, Armando Rodrigo, Ernestina Eufemia Irene y Sergio Armando Gabriel Becerra Alvarez, una pensión de cincuenta escudos mensuales a cada uno, de la que disfrutarán con derecho de acrecer entre la madre y los hijos. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.