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Artículo UNICO de la Ley 16.291

Concede pension, por gracia, a doña lia del socorro muñoz echeverria viuda de riffo y a doña rosa arenas lara viuda de maldonado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232907 / 6506472.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Lía del Socorro Muñoz Echeverría viuda de Riffo y a doña Rosa Arenas Lara viuda de Maldonado una pensión de Eº 75 mensuales para cada una de ellas. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.