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Artículo UNICO de la Ley 16.298 · Concede pension, por gracia, a don juvenal gordillo vega

Concede pension, por gracia, a don juvenal gordillo vega

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232911 / 6506484.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Juvenal Gordillo Vega una pensión de cincuenta escudos mensuales. El gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto de Ministerio de Hacienda.