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Artículo UNICO de la Ley 16.299 · Concede pension, por gracia, a don tulio garces rojas

Concede pension, por gracia, a don tulio garces rojas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 232912 / 6506487.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, una pensión mensual de doscientos escudos a don Tulio Garcés Rojas. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.