Saltar al contenido

Artículo PRIMERO de la Ley 2.432

Autoriza la inversion de fondos en el cumplimiento de la lei sobre impuesto de papel sellado, timbres i estampillas i concede un suplemento para atender a gastos de la administración del impuesto sobre alcoholes.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23302 / 5953406.

Texto oficial

Artículo primero.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de cuarenta mil pesos ($ 40,000) en el cumplimiento de la lei núm. 2,288 de 5 de Marzo último, sobre impuesto de papel sellado, timbres i estampillas.