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Artículo UNICO de la Ley 2.439

Dispone que el empréstito contratado para la;pavimentacion de la ciudad de valdivia tendrá la;garantía del estado; será por una cantidad que produzca;l 50,000 en efectivo i fija el interes i privilejios que;tendría en caso de que se contrate dentro del país.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23309 / 8275258.

Texto oficial

Artículo único.- El empréstito que autoriza contratar la lei núm. 2,297, de 5 de Marzo último, para la pavimentacion de la ciudad de Valdivia, tendrá la garantía del Estado, será hasta por una cantidad que produzca L 50,000 en efectivo, podrá ganar hasta 6% de interes anual si se coloca dentro del pais, i en este caso quedará exento del pago de cualquiera contribucion fiscal o municipal.