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Artículo 4 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 3787 EXENTO

Aprueba el texto del acta y estatuto tipo al cual podran ceñirse las corporaciones del adulto mayor

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 233298 / 7316820.

Texto oficial

Artículo 4º: La Corporación tendrá por finalidad u objeto: 1. Promover el bienestar de sus socios mediante el desarrollo de actividades sociales y culturales, y el otorgamiento de beneficios mutuales o de asistencia social, de acuerdo con las posibilidades económicas de la Corporación. 2. Fomentar la integración del adulto mayor en el seno de su familia y de la comunidad, y promover la inserción social de los adultos mayores, de forma que se mantengan activos en beneficio propio y en el de la comunidad. 3. Estimular la coordinación del sector privado con el sector público, así como incentivar la participación de todos los sectores de la sociedad, en todas aquellas acciones que digan relación con mejorar la calidad de vida del adulto mayor. 4. Realizar por sí o a través de terceros, programas de capacitación y difusión, que tiendan a lograr el desarrollo integral del adulto mayor, en sus diversas áreas y niveles. 5. Vincularse con organismos nacionales e internacionales, y en general, con toda institución o persona, cuyos objetivos se relacionen con el adulto mayor, y celebrar con ellos, contratos o convenios para ejecutar proyectos o acciones de interés común. 6. Estudiar y promover programas, planes, y actividades que tiendan al bienestar del adulto mayor. 7. Fomentar y promover la inserción del adulto mayor en el mundo del trabajo. Para realizar sus objetivos y sin que esta enumeración sea taxativa, la Corporación podrá: a) Realizar encuentros, seminarios, simposios, cursos y eventos; b) Crear y administrar centros de estudios y de investigación, bibliotecas, centros de documentación y bases de datos; c) Crear, sostener y administrar hospederías, policlínicos, centros comunitarios, hogares u otros similares para adultos mayores, sujetándose a las normas legales o reglamentarias que regulen este tipo de organizaciones; d) Editar, imprimir y distribuir folletos, boletines, revistas, periódicos y libros y, en general, producir y hacer uso de todo tipo de medios audiovisuales; e) Otorgar atención profesional especializada, individual y grupal, asesorías y transferencia tecnológica; f) Promover la organización ciudadana en sus diversas formas o niveles; g) Asociarse, en forma permanente o transitoria, con otras instituciones nacionales, internacionales o extranjeras que persigan fines análogos; h) Colaborar con instituciones públicas, privadas y municipales, en materias que le sean comunes; e i) Proponer a la autoridad competente, la dictación y modificación de disposiciones legales y reglamentarias, que propendan al desarrollo social, en el ámbito propio de la competencia de la Corporación.